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La UE rebaja la multa a Nintendo por pactar los precios

Nintendo oficinas

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El Tribunal de Primera Instancia de la UE ha dictado una sentencia este jueves que rebaja la multa que la Comisión Europea impuso a Nintendo y a varios de sus distribuidores por imponer restricciones a la comercialización de sus consolas y videojuegos. El Ejecutivo comunitario impuso en octubre de 2002 una sanción global de 167,843 millones de euros. El grueso de la sanción recayó sobre Nintendo (149,128 millones de euros) y, el resto, sobre Itochu (4,5 millones) y CD-Contact Data (1 millón).

Los jueces han dejado las sanciones en 119,24 millones de euros en el caso de Nintendo; en 500.000 euros para CD-Contact Data (empresa que opera en Bélgica y Luxemburgo); y han mantenido sin variación el montante de la sanción a Itochu Hellas (filial griega de la japonesa Itochu).

Bruselas consideró ilegales, y ahora el Tribunal comunitario lo confirma, los acuerdos entre Nintendo y sus distribuidores según los cuales, entre 1991 y 1997, estos últimos estaban obligados a impedir el comercio paralelo. Cada empresa se limitaba a comercializar los productos de Nintendo en un territorio determinado: renunciaba a competir con los distribuidores que operaban en otros mercados; renunciaba a recurrir a intermediarios que les suministraran la misma mercancía pero a precios inferiores de los que les ofrecía Nintendo en sus tratos directos; y renunciaba a suministrar mercancías a distribuidores en otros territorios.

Precios más elevados para los consumidores
Además, los distribuidores colaboraron con Nintendo para determinar el origen de toda operación de comercio paralelo. Y Nintendo sancionó a los distribuidores que lo permitían reduciéndoles o cancelándoles el suministro de productos. Estas prácticas, según la teoría de Bruselas, permiten controlar los precios en cada mercado en función de la conveniencia de las empresas, socavan la libre y leal competencia, y provocan costes más elevados para los consumidores.

La reducción de la multa decidida por los jueces se debe, en el caso de Nintendo, a que colaboró con la investigación de la Comisión Europea aportando información. De hecho, el Ejecutivo comunitario había reducido por una colaboración similar un 40% la multa que, por este mismo caso, impuso a John Menzies (distribuidor de Nintendo en Reino Unido).

En el caso de CD-Contact Data, el Tribunal de Primera Instancia considera que esta empresa desempeñó un papel pasivo en la infracción, al igual que Concentra, distribuidor para Portugal. Y como la Comisión Europea redujo la multa de esta última empresa en un 50%, los jueces han hecho lo propio con CD-Contact Data.

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